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13/05/2010 | EMILIO MARMANEU MOLINER (Presidente de CEAFA)
Ahora tampoco me puedo callar
A finales de abril no me pude callar ante “el globo sonda” lanzado desde algunas Comunidades Autónomas que amenazaban con congelar la aplicación de la Ley de la Dependencia argumentando motivos economicistas difícilmente defendibles y comprensibles. Para el conjunto de personas en situación de dependencia la Ley, su aplicación y cumplimiento es una cuestión no sólo de necesidad, sino de justicia. Ahora, al oír al Presidente del Gobierno, Sr. Zapatero, tampoco me quiero callar para mostrar mi preocupación con una de las medidas que ha propuesto en el Congreso de los Diputados para hacer frente a esta crisis que nos está afectando a todos: “Suprimir, para los nuevos solicitantes, la retroactividad del pago de prestaciones por dependencia al día de presentación de la solicitud, estableciéndose, paralelamente, un plazo máximo de resolución de 6 meses, cuyo incumplimiento llevará aparejada retroactividad desde esa fecha.” Analizando esta propuesta, tengo que decir que la retroactividad no viene determinada por la situación de dependencia de una persona o de un grupo de personas, sino por una lentitud o inoperancia en la aplicación de la Ley de la Dependencia, razón por la cual no me parece justo que los dependientes tengamos que pagar los platos que han roto otros. El presunto ahorro que esta medida puede acarrear va a generar, sin embargo, un elevado coste social en el que los principales perjudicados van a ser precisamente quienes precisan la ayuda del Estado, los dependientes; y, en contrapartida, la medida va a premiar la indiferencia de aquellas Administraciones Autonómicas que han provocado que se dilaten innecesariamente los plazos de resolución. Por ello, en esta ocasión, tampoco me quiero callar ante lo que considero puede llegar a ser un atropello arbitrario de derechos, un recorte en la aplicación de la Ley de la Dependencia que no se puede tolerar. Pero, a la vez, quiero también expresar mi satisfacción por el establecimiento del plazo máximo de seis meses para resolver el acceso al SAD de las nuevas solicitudes. Ojala esta medida sirva para agilizar y consolidar la completa aplicación de la Ley de la Dependencia en todo el territorio nacional, invirtiendo las cuantías presupuestarias que sean necesarias, y que se considere el cumplimiento de este plazo como una garantía no ya de ahorro, sino de inversión para el futuro.
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