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26/07/2010
La Ley de Violencia de Género, sin desarrollar cinco años después
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Acumulación de expedientes en un juzgado de violencia de género.
LA RAZÓN.- Los jueces adoptan las primeras medidas en la inmensa mayoría de los casos sólo con el atestado policial. «El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de Justicia organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses, de modo que cuenten con Unidades de Valoración Forense Integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género». Así se recoge, de forma taxativa, en la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 2004. Hoy, cinco años y medio después, esas unidades no están implantadas de forma generalizada, ni mucho menos, en el territorio nacional. Ni las comunidades autónomas con competencias en Justicia, ni el Gobierno, en las que no las tienen asumidas, las han desarrollado como prevé la ley. Esas unidades son las que deben proporcionar al juez los informes periciales sobre todas las circunstancias que rodean a una denuncia por violencia machista, la valoración de los riesgos de reiteración delictiva, el riesgo para la mujer, así como la peligrosidad del denunciado. Desde el Observatorio Contra la Violencia Doméstica y de Género, «llevamos tiempo demandando que se terminen de implantar estas unidades integrales, para que los jueces dispongan de esos informes periciales en los primeros momentos, cuando debe decidir qué medidas debe adoptar respecto al acusado, o si otorga la orden de protección, alejamiento o cualquier otra medida», como la imposición de pulseras con GPS o el ingreso en prisión del denunciado, señala al respecto la vocal del Consejo General del Poder Judicial, Inmaculada Montalbán, quien preside el citado Observatorio. El magistrado debe acodar las medidas pertinentes en un máximo de 72 horas. Pero la realidad es que, en la mayoría de los casos, deciden sólo con el atestado policial realizado tras la denuncia de la mujer, en el que se alude a una «valoración del riesgo policial», en el que, normalmente, se suele concluir que ese porcentaje es «medio-alto». Pero esa valoración se basa, fundamentalmente, en los datos aportados por la propia víctima, «donde está comprobado que muchas de ellas tienden a minimizar el riesgo». Por ello, se reclama que ese primer informe policial se complete con otros estudios periciales, realizados tanto por psicólogos como por servicios sociales sobre el denunciado, la relación con los hijos o la situación socio-cultural en que se desenvuelven, para que de esa forma se pueda realizar una «valoración más real del riesgo». Déficit educativo-cultural «A diferencia del policial, el informe pericial ofrece más datos y tiene un sentido más global para el juez que debe decidir, por lo que creemos que hay que realizar un mayor esfuerzo en desarrollar esas Unidades de Valoración Forense Integral», incide en este punto Montalbán. Junto a ello, desde el Observatorio se ha detectado otra carencia importante en el desarrollo de la ley: Lo relativo al ámbito educativo, cultural y de los medios de comunicación. El educativo, en el que la presidenta del Observatorio hace especial hincapié, alude a la relevancia de la asignatura Educación para la Ciudadanía, que tiene que «implantarse con rigor, para formar a los jóvenes en valores de igualdad y en comportamientos no sexistas». 350 hombres con brazaletes electrónicos - En estos momentos hay 350 hombres denunciados por violencia contra la mujer que están obligados por orden judicial a llevar brazaletes electrónicos para conocer en todo momento su situación. El objetivo es evitar que se puedan acercar a las denunciantes. - El pasado año, los jueces acordaron 28.782 órdenes de protección. Fallecieron ocho mujeres a manos de sus parejas o ex parejas, y en ninguno de esos casos se disponía de los informes de las unidades de valoración integral. - La última encuesta sobre la evolución de los Juzgados de Violencia contra la Mujer, en septiembre de 2008, a los tres años de su creación, dejaba datos muy reveladores: el 84,71 por ciento de los jueces no tenía los informes periciales, sólo el policial.



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