DETALLE DE NOTICIA
24/08/2011
Abierto el plazo para solicitar el distintivo de Igualdad en la Empresa

Las solicitudes se pueden presentar hasta el 23 de septiembre.
Con fecha de 22 de agosto de 2011 ha sido publicada en el BOE la Orden SPI/2293/2011, de 11 de julio, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo “Igualdad en la Empresa” correspondiente al año 2011, y se establecen sus bases reguladoras.
Con la convocatoria se pretende distinguir a aquellas empresas que demuestren que destacan de forma relevante y especialmente significativa en la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadoras y trabajadores, en los términos previstos en el artículo 50 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo “Igualdad en la Empresa”, de forma que pueden ser referencia para otras empresas que están en fases anteriores de incorporación de buenas prácticas de igualdad.
En esta segunda convocatoria del distintivo “Igualdad en la Empresa” y a la luz de la experiencia de la convocatoria del año anterior, se han incorporado algunas novedades dirigidas fundamentalmente a facilitar la información y la presentación de las solicitudes a las empresas, y a mejorar, tanto el proceso de gestión de la convocatoria, como el de valoración y evaluación de los expedientes de solicitud.
Entre las novedades más destacadas dirigidas a favorecer la recogida y valoración de la información concluyente de las empresas solicitantes a la hora de su evaluación se encuentran:
- La petición de información sobre la estructura salarial de la empresa solicitante, a fin de comprobar la inexistencia de desigualdades retributivas.
- Asimismo, se amplía la información solicitada para la identificación y tratamiento de las solicitudes realizadas por empresas pertenecientes a un mismo grupo y a la situación de los convenios colectivos que afecten a las empresas solicitantes, dado el carácter de obligatoriedad que para las PYME pueden contener en relación a la aprobación de un Plan de igualdad.
- Por otra parte, se ha reducido la información requerida a empresas con multiplicidad de centros de trabajo, debiendo facilitarse toda la información agregada para el conjunto de la empresa.
En el ámbito de la mejora de la gestión y la información y mejor conocimiento por las empresas de los diferentes aspectos de la convocatoria:
- Se ha creado una cuenta de correo exclusiva para la convocatoria (distintivoie@igualdad.mspsi.es) y habilitado otros canales de comunicación directa para las consultas sobre cualquier aspecto relacionado con esta distinción.
- Este año, el formato electrónico para todos los documentos que integran la solicitud, se convierte en el único admisible, en aras de la efectividad en el tratamiento de la información y, de la consiguiente reducción de papel.
- Asimismo, la solicitud puede ser realizada mediante presentación electrónica en el registro electrónico de la Secretaría de Estado de Igualdad.
- Por su parte, y para facilitar la cumplimentación de la solicitud, se han subido a la Web del área de igualdad del departamento, los cinco anexos que configuran dicha solicitud, que, además de ser autoexplicativos, se acompañan con una detallada guía de cumplimentación.
Por último, las solicitudes se podrán presentar hasta el día 23 de septiembre, inclusive.
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