NOTÍCIAS AMFAR

26/07/2010
El comisario de Agricultura anuncia cambios en el reparto de la Pac
El comisario de Agricultura quiere conciliar los aspectos económicos, medioambientales, sociales y territoriales en la nueva PAC, que debería aplicarse a partir de 2014.
Eso es lo que se deduce de su intervención durante el acto de cierre de la Conferencia celebrada en Bruselas la semana pasada, con la que se clausuró el debate público abierto meses atrás sobre esta misma cuestión.
«Los apoyos públicos (ayudas) deben repartirse mejor, estar mejor orientados y ser más sencillos», señaló Dacian Ciolos, que quiere proponer «un sistema eficaz y equitativo para el conjunto de los Estados miembros, de sus regiones y sus agricultores».
Asimismo, reiteró la necesidad de revisar el sistema de reparto de las ayudas, que no puede seguir basándose en referencias históricas, sino tener en cuenta otros criterios, como el tipo de explotación o las características de la zona en la que se encuentre. Estas ideas avanzadas por el antiguo ministro de Agricultura de Rumanía se concretarán más en la Comunicación que tiene previsto presentar el próximo mes de noviembre. A esta seguirán las propuestas concretas, ya el año que viene. Según los servicios de la Comisión Europea, una de las ideas que más se han repetido en las contribuciones presentadas durante el debate público ha sido la necesidad de que las llamadas agricultura y ganadería industriales tengan poco espacio en la futura PAC.
Asimismo, se ha puesto de manifiesto que las ayudas deberían concederse preferentemente a los beneficiarios que más se las merecen, como los agricultores de las zonas desfavorecidas, de las regiones montañosas o los que se dedican a la agricultura biológica, entre otros.
«Un gran número de participantes, de todas las capas sociales, declaran que la PAC debería centrarse en mantener sistemas agrarios diversificados en toda Europa, en particular en las regiones remotas, y en garantizar la distribución de bienes públicos variados». En total se han recibido cerca de 5.700 aportaciones procedentes del gran público, de las organizaciones implicadas, de los grupos de reflexión y de institutos de investigación. En su discurso Ciolos insistió en que deben mantenerse el primer pilar de la PAC (ayudas directas y apoyo y a los mercados) y el segundo (política de desarrollo rural).
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26/07/2010
La Ley de Violencia de Género, sin desarrollar cinco años después
LA RAZÓN.- Los jueces adoptan las primeras medidas en la inmensa mayoría de los casos sólo con el atestado policial.
«El Gobierno y las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en materia de Justicia organizarán en el ámbito que a cada una le es propio los servicios forenses, de modo que cuenten con Unidades de Valoración Forense Integral encargadas de diseñar protocolos de actuación global e integral en casos de violencia de género». Así se recoge, de forma taxativa, en la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 2004.
Hoy, cinco años y medio después, esas unidades no están implantadas de forma generalizada, ni mucho menos, en el territorio nacional. Ni las comunidades autónomas con competencias en Justicia, ni el Gobierno, en las que no las tienen asumidas, las han desarrollado como prevé la ley.
Esas unidades son las que deben proporcionar al juez los informes periciales sobre todas las circunstancias que rodean a una denuncia por violencia machista, la valoración de los riesgos de reiteración delictiva, el riesgo para la mujer, así como la peligrosidad del denunciado.
Desde el Observatorio Contra la Violencia Doméstica y de Género, «llevamos tiempo demandando que se terminen de implantar estas unidades integrales, para que los jueces dispongan de esos informes periciales en los primeros momentos, cuando debe decidir qué medidas debe adoptar respecto al acusado, o si otorga la orden de protección, alejamiento o cualquier otra medida», como la imposición de pulseras con GPS o el ingreso en prisión del denunciado, señala al respecto la vocal del Consejo General del Poder Judicial, Inmaculada Montalbán, quien preside el citado Observatorio. El magistrado debe acodar las medidas pertinentes en un máximo de 72 horas.
Pero la realidad es que, en la mayoría de los casos, deciden sólo con el atestado policial realizado tras la denuncia de la mujer, en el que se alude a una «valoración del riesgo policial», en el que, normalmente, se suele concluir que ese porcentaje es «medio-alto». Pero esa valoración se basa, fundamentalmente, en los datos aportados por la propia víctima, «donde está comprobado que muchas de ellas tienden a minimizar el riesgo». Por ello, se reclama que ese primer informe policial se complete con otros estudios periciales, realizados tanto por psicólogos como por servicios sociales sobre el denunciado, la relación con los hijos o la situación socio-cultural en que se desenvuelven, para que de esa forma se pueda realizar una «valoración más real del riesgo».
Déficit educativo-cultural
«A diferencia del policial, el informe pericial ofrece más datos y tiene un sentido más global para el juez que debe decidir, por lo que creemos que hay que realizar un mayor esfuerzo en desarrollar esas Unidades de Valoración Forense Integral», incide en este punto Montalbán.
Junto a ello, desde el Observatorio se ha detectado otra carencia importante en el desarrollo de la ley: Lo relativo al ámbito educativo, cultural y de los medios de comunicación. El educativo, en el que la presidenta del Observatorio hace especial hincapié, alude a la relevancia de la asignatura Educación para la Ciudadanía, que tiene que «implantarse con rigor, para formar a los jóvenes en valores de igualdad y en comportamientos no sexistas».
350 hombres con brazaletes electrónicos
- En estos momentos hay 350 hombres denunciados por violencia contra la mujer que están obligados por orden judicial a llevar brazaletes electrónicos para conocer en todo momento su situación. El objetivo es evitar que se puedan acercar a las denunciantes.
- El pasado año, los jueces acordaron 28.782 órdenes de protección. Fallecieron ocho mujeres a manos de sus parejas o ex parejas, y en ninguno de esos casos se disponía de los informes de las unidades de valoración integral.
- La última encuesta sobre la evolución de los Juzgados de Violencia contra la Mujer, en septiembre de 2008, a los tres años de su creación, dejaba datos muy reveladores: el 84,71 por ciento de los jueces no tenía los informes periciales, sólo el policial.
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26/07/2010
Díaz Ferrán ve razonable que la jubilación suba a los 70 años
LA RAZÓN.- El presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, se ha mostrado partidario de elevar la edad legal de jubilación en España desde los 65 años actuales a los 67 propuestos por el Gobierno e incluso hasta los 70 años sugeridos por Bruselas, siempre de manera progresiva y por medio de un «plan sensato».
Díaz Ferrán, en una entrevista con Europa Press, defendió la subida de la edad de jubilación como una medida «imprescindible y aconsejable» para garantizar la sostenibilidad a futuro del sistema de pensiones, dada la mayor esperanza de vida de los españoles y las expectativas de que dentro de 30 ó 40 años habrá el triple de pensionistas que en la actualidad.
El dirigente empresarial consideró que el incremento de la edad de jubilación debe ser algo generalizado, con la excepción de algunos sectores, como por ejemplo la minería, donde la edad de retiro podría incluso reducirse.
La CEOE también pedirá ampliar el periodo de cálculo de la pensión a toda la vida laboral, así como beneficios fiscales «agresivos» para que los ciudadanos se hagan también pensiones privadas.
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23/07/2010
Los autónomos sin paro y sin prestación cobrarán una ayuda de 425 euros
EL ECONOMISTA.ES.- El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado de manera definitiva el proyecto de Ley que establece un sistema específico de protección por cese de actividad a los trabajadores autónomos, que incorpora, con el voto en contra del PSOE, una enmienda de CIU que crea una nueva prestación no contributiva de 425 euros mensuales durante seis meses para los trabajadores por cuenta propia que estando en situación de desempleo no reciban ninguna ayuda económica estatal.
La nueva prestación, que prosperó por 175 votos a favor y 171 en contra y tres abstenciones, tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2009 y se destina a aquellos trabajadores cuya media de ingresos familiares por persona no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos tres de los últimos cinco años.
Asimismo, se establece que el Gobierno, en el plazo de tres meses, deberá fijar el desarrollo reglamentario para la entrada en vigor de esta ayuda, que estaría vinculada al "compromiso de la búsqueda activa" de ocupación por parte del beneficiario, con a la realización de un mínimo de 180 horas de formación, y además sería compatible con las ayudas concedidas por las comunidades autónomas.
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23/07/2010
El PP fuerza que se estudie dar preferencia a la custodia compartida
EL PAÍS.- El Senado aprueba cambiar el Código Civil y los socialistas proponen abrir un debate. Varias autonomías apoyan modificaciones legales en los divorcios.
"Señorías, si sus padres se hubiesen separado, si ustedes de pequeñitos hubieran sufrido la separación de sus padres y de sus madres, ¿con quién hubieran querido estar?. Estoy seguro que con los dos". Así fue como el senador popular, Manuel Altava, se ganó ayer en el Senado 132 votos a favor (los de su partido, PNV, ERC, Coalición Canaria e Iniciativa) de instar al Gobierno a que realice las modificaciones legales necesarias para que la custodia de los hijos sea considerada como "modelo preferente" tras la separación o divorcio.
Solamente los senadores socialistas y los de CiU (122 en total) se opusieron a la proposición del PP, y hubo dos abstenciones. De esta manera, el debate político sobre la modificación del Código Civil español para regular de otra manera la custodia compartida se abre definitivamente en España, pues el PSOE respondió a su derrota parlamentaria anunciando que propondrá la creación de una ponencia para estudiar el tema.
El primer paso lo dieron el pasado 19 de mayo las Cortes de Aragón, cuando aprobaron una ley (con el único voto en contra de Izquierda Unida), que considera la custodia compartida como el régimen preferente que han de aprobar los jueces, "en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente". Es la primera y única regulación legal de este tipo que existe en España, en este caso, de una comunidad autónoma con derecho civil propio.
En los últimos meses, otras instituciones se han pronunciado en el mismo sentido que lo hizo ayer el Senado, como el parlamento autónomo de La Rioja, las Juntas Generales de Vizcaya, y una serie de ayuntamientos valencianos y andaluces. En las próximas semanas también se votarán pronunciamientos similares instando al Gobierno para que se dé preferencia a la custodia compartida en la Asamblea de Madrid, el Parlamento vasco, las Cortes de Castilla y León o las Juntas Generales de Álava y Guipúzcoa. La Comunidad Valenciana, con derecho civil propio, también ha anunciado su intención de legislar en el mismo sentido.
Cataluña podía haber seguido la senda de Aragón el pasado día 12, cuando el parlamento aprobó el Libro II del Código Civil catalán de persona y familia. Los tres grupos de la izquierda en el poder (PSC, ERC e ICV) estaban de acuerdo en introducir una enmienda de última hora para dar carácter preferente a la custodia compartida, pero por causas que se desconocen no se tramitó. Ayer, sin embargo, los cuatro senadores de ERC y los dos de ICV que integran el grupo parlamentario de la Entesa Catalana de Progrés, sumaron sus votos a la propuesta del PP, mientras que los diez senadores del PSC se desmarcaron.
Los socialistas evidenciaron ayer su confusión sobre la materia. El senador Arcadio Díaz Tejera, portavoz de la comisión de Justicia en la cámara, aseguró en un momento que la custodia compartida era un concepto que los socialistas habían llevado al Código Civil en la reforma de 2005 y que el PP había votado en contra. "Ni siquiera aceptaban que fuera [la custodia compartida] de forma excepcional", le espetó al senador popular Manuel Altava, defensor de la proposición no de ley, al tiempo que aseguraba: "Quieren obligar a los padres a una especie de matrimonio a la fuerza".
El PP supo aprovechar bien todas las contradicciones en las que ayer se vieron atrapados los socialistas. "No estamos inventando nada nuevo", dijo Altava. "En Aragón, el Partido Socialista, la Chunta y el PP aprobamos la custodia compartida; en Cataluña, el tripartito hizo exactamente lo mismo (...) No es un problema de machismo o feminismo, sino de apoyar a la mujer, para que pueda trabajar en igualdad con el hombre. (...) Si ustedes están de verdad por la igualdad, deberían ser los primeros en estar a favor de esta custodia compartida con carácter preferente".
Fuera de la cámara, el senador socialista acusó al PP de moverse por "las fuertes presiones que ejercen los grupos de hombres separados" para cambiar la ley, al tiempo que reclamaba tiempo para estudiarlo, "como ha pasado en Cataluña, que han estado tres años". Se refiere a grupos como la Confederación Estatal de Madres y Padres Separados, que dialogó con los grupos, asistió a la votación del Senado y mostraron su satisfacción por el acuerdo. "Hacen falta mecanismos que acaben con los escenarios de vencedores y vencidos tras una separación", explicó ayer Francisco Palacios, portavoz de la asociación.
La ministra de Igualdad, Bibiana Aído, se ha declarado " a favor de la custodia compartida como fórmula para garantizar la corresponsabilidad, pero no con la custodia compartida impuesta, que puede generar muchos más problemas de los que pretende resolver".
En España se rompen anualmente 130.000 parejas, de las que unas 50.000 llegan a los juzgados sin acuerdo. En nueve de cada diez de esos esos casos se da a la madre la custodia.
Una petición extendida
Diversas instituciones han aprobado o tramitan la petición al Gobierno de que se dé preferencia a la custodia compartida.
- Parlamentos autonómos. La Rioja, Madrid, Castilla y León y Euskadi.
- Juntas Generales de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa.
- Ayuntamientos de La Carolina, Ubeda, Baños de la Encina, Medina del Campo, Paterna, Onda y Llíria.
- El Defensor del Pueblo Vasco ( Ararteko) también solicita la modificación de la actual legislación en su informe anual de 2009.
- La Comunidad Valenciana ha anunciado su intención de legislar en ese sentido.
- Aragón aprobó el 19 de mayo la Ley de Igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres y Cataluña dio luz verde el 12 de julio al Libro II del Código Civil.
Tres leyes muy distintas
- Artículo 92. Código Civil. "Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta del convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento. (...) Excepcionalmente (...) el juez, a instancia de una de las partes, con informe favorable del ministerio fiscal, podrá acordar la guarda y custodia compartida fundamentándola en que solo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor".
- Artículo 5. 2. Ley aragonesa. "El juez adoptará de forma preferente la custodia compartida en interés de los hijos menores, salvo que la custodia individual sea más conveniente, teniendo en cuenta el plan de relaciones parentales que deberá presentar cada uno de los progenitores".
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22/07/2010
El Instituto canario de Igualdad aprueba subvenciones destinadas a la igualdad de oportunidades
Con esta línea de subvención, el Instituto Canario de Igualdad se propone implicar al tejido asociativo de Canarias, especialmente, a las asociaciones de mujeres, en el desarrollo de actividades dirigidas a favorecer la cohesión social y el crecimiento económico a través de la participación de las mujeres y los hombres en el mercado laboral en igualdad de condiciones; todo ello, en cumplimiento del objetivo primordial y de las funciones que le atribuyen su normativa de creación.
La Orden de 1 de julio de 2010 publicada en el BOC de 20 de julio de 2010 recoge las bases reguladoras, de vigencia indefinida, que regirán las convocatorias de concesión de subvenciones del Instituto Canario de Igualdad, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Las presentes bases reguladoras, de carácter indefinido, tienen por objeto regular la concesión de subvenciones por parte del Instituto Canario de Igualdad, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos que, desarrollándose en Canarias, tengan por finalidad:
-Prestar asesoramiento y promocionar el empleo de las mujeres, con el objetivo de aumentar su participación en el mercado de trabajo y avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
-Realizar campañas, seminarios y jornadas de sensibilización que tengan por objeto:
-Promocionar el empleo estable y de calidad de las mujeres.
-Visibilizar las distintas brechas de género que impiden que las mujeres y los hombres tengan las mismas oportunidades y gocen de las mismas condiciones en el mercado de trabajo: contratación, diferencia salarial, segregación horizontal y vertical, acoso laboral, etc.
-Promover la corresponsabilidad para facilitar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los hombres y las mujeres.
Podrán ser solicitantes y perceptoras de las subvenciones reguladas por estas bases, las entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro y de carácter no público, que estén legalmente constituidas a la fecha de la publicación de la convocatoria de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias y que tengan su domicilio social u oficina abierta en Canarias.
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22/07/2010
Controvertida afirmación de Aído: “los componentes morales no pueden estar por encima de los elementos jurídicos”
FORUM LIBERTAS.COM.- Juan Francisco Jiménez Jacinto. La aparente falta de criterio histórico lleva a la titular de Igualdad a sentar unas bases que sitúan al Estado como estadio superior de la razón humana, una visión que implantó en su día el nazismo.
La ministra de Igualdad, Bibiana Aído, ha afirmado en una entrevista al diario El País que “los componentes morales no pueden estar por encima de los elementos jurídicos” para seguir diciendo que le “resulta llamativo la incorporación de imágenes de fetos en los sobres que se le entrega a la mujer cuando pide información para un aborto. La información que debe contener el sobre ha de ser clara, comprensible y objetiva. Y esa objetividad está totalmente reñida con cualquier información coercitiva o de presión para las mujeres”.
La titular de Igualdad se manifestó así con respecto al anuncio de la Generalitat de Valencia de incluir en el sobre autonómico que se dará a las embarazadas que manifiesten su intención de abortar fotografías de fetos en 3D.
Esos sobres deben informar a las embarazadas de los recursos que la Administración local pone a su servicio para ayudarla así como una clara explicación de lo que constituye el aborto. La Comunidad Valenciana ha decidido incluir esas imágenes para que las mujeres puedan decidir con rigor.
No obstante, Bibiana Aído cree que esas fotografías no guardan relación con el aborto: “La ley dice que la información del sobre es relativa a las prestaciones y ayudas a la maternidad. No sé qué tiene que ver eso con fotografías de un feto”.
Un principio que se asemeja al de los nazis
La ministra de Igualdad al afirmar que “los componentes morales no pueden estar por encima de los elementos jurídicos” iguala en su afirmación los principios nazis que se regían a través de la máxima de que lo que dice el Estado está por encima del criterio moral.
Cabe recordar que los nazis eran profundamente legalistas: llegaron al poder democráticamente y realizaron una reforma legal con nuevos principios interpretativos como el que afirma Aído. Y es que la ministra socialista propone que aquello que compone la moral esté supeditado a las leyes, lo cual tiene enorme semejanza con la doctrina nazi ya que las leyes son una emanación del Estado que, en este caso, se colocaría en un ámbito superior a toda razón humana. Este hecho deriva de la influencia hegeliana de raíz más derechista.
La ministra de Igualdad, por lo que se deriva de sus manifestaciones, cree que el Estado representa un estadio superior de la razón humana y, como consecuencia, sus manifestaciones en forma de leyes están por encima de las razones morales. Este hecho forma parte de la esencia de las ideologías totalitarias estatalistas.
Es evidente que cuando Aído afirma que “los componentes morales no pueden estar por encima de los elementos jurídicos” hay una aparente ignorancia de lo que representa esta afirmación. En este sentido, habría que preguntarse si la afirmación de la ministra es consecuencia de una cierta candidez o está siguiendo un guión asignado para ella en las bambalinas gubernamentales.
La objeción de conciencia, ¿por detrás de las mujeres?
La ministra de Igualdad, sentenció asimismo este lunes que “lo importante” tras la reciente aprobación de la reforma de la Ley del Aborto es que se regule el derecho a la objeción de conciencia de los médicos, de manera que “no vaya en detrimento del derecho de las mujeres a acceder a la prestación”, según informa Europa Press.
Aído subrayó que la Ley recoge “perfectamente” la objeción de conciencia como un derecho, pero insistió en que lo “importante” es que se regule para que el derecho de las mujeres no se perjudique. Lo que habría que recordarle a la titular de Igualdad es que la objeción de conciencia es una opción de rechazo que la profesión médica tiene desde el mismo juramento hipocrático y forma parte de la esfera de reglas que componen la práctica médica. Estas reglas no pueden ser las mismas que en otras profesiones por su idiosincrasia particular y singularidad, principalmente porque se refiere a la vida humana.
La medicina es más exigente en su actividad y maneja una elevada responsabilidad de juicio que va inherentemente unido a la propia conducta del profesional. Por lo tanto, Bibiana Aído no puede pretender que las condiciones morales de los profesionales sanitarios estén por detrás de supuestos derechos de las mujeres como el aborto, ni si quiera a pesar de que la ministra piense que los “elementos jurídicos” están por encima de los “componentes morales”.
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